AGEPE – Asociación de Gestores de Proyectos Europeos
Art. 1 – Ámbito de aplicación
Las indicaciones contenidas en este documento constituyen una referencia para todos los/as usuarios/as de AGEPE que operarán siguiendo y respetando el presente código siempre y cuando actúen por y para AGEPE.
Art. 2 – Principios inspiradores de la actividad de AGEPE
AGEPE, en el desarrollo de sus funciones, se compromete con observar los criterios de objetividad y coherencia con respecto a los objetivos institucionales fijados, aprovechando de todos los conocimientos y las informaciones que dispone, utilizándolas con máxima seriedad y respetando la normativa nacional aplicable.
Con el fin de permitir y facilitar el conseguimiento de los objetivos declarados por la Asociación AGEPE en sus estatutos, AGEPE deberá desarrollar sus actividades y promover las de los usuarios en pleno respeto de los principios de sinceridad, honestidad y transparencia. AGEPE deberá, además, garantizar la calidad y profesionalidad de los servicios ofrecidos directamente o a través de los usuarios que utilizan la marca AGEPE para promoverlos y/o desarrollan actividades en nombre de AGEPE.
AGEPE deberá mantener un comportamiento siempre correcto y colaborativo con sus usuarios, según los principios éticos y profesionales propios de una asociación de expertos. En particular, AGEPE se abstendrá de adoptar comportamientos autoritarios, jerárquicos o de ingerencia en el desarrollo de las actividades propias y/o de sus usuarios.
Art. 3 – Deber de lealtad
AGEPE trabajará únicamente en el interés de sus usuarios, asegurando equidad e imparcialidad en el desarrollo de las actividades, persiguiendo los intereses de imparcialidad de sus usuarios y promoviendo entre ellos mayor cooperación para fomentar la sana y activa participación en las actividades realizadas por AGEPE y una implicación cada ves más activa y operativa con el fin de conseguir los objetivos previstos en los estatutos de AGEPE.
AGEPE asegurará, además, una comunicación transparente, rápida y eficaz con el fin de informar sus usuarios sobre resultados conseguidos gracias al desarrollo de sus actividades y/o de las de los usuarios, asegurando igualdad de tratamiento entre todos los usuarios.
En el caso en que AGEPE, por motivos institucionales, establezca nuevas relaciones con otras entidades públicas y/o privadas para realizar algún proyecto u otros servicios profesionales, deberá evitar cualquier forma de competición desleal entre sus usuarios, facilitando a la entidad colaboradora un listado de usuarios basado en los conocimientos y competencias que más se adaptan a las exigencias de la entidad que solicita los servicios de AGEPE, garantizando igualdad de acceso a las oportunidades profesionales promovidas por AGEPE.
Art. 4 – Deber de mantener el secreto profesional
AGEPE no facilitará a terceros, a menos que no haya una autorización expresa por parte del/la interesado/a, información y/o noticias relacionadas con los usuarios y sus actividades que no tengan que ver con la normal información necesaria para promover los usuarios en los canales de comunicación utilizados por AGEPE.
En concreto, los datos recogidos por AGEPE para conocer sus usuarios serán protegidos y eventuales resultados de encuestas serán difundidos garantizando el anonimato.
Al mismo tiempo, todos los usuarios aseguran mantener la máxima confidencialidad en cuanto a informaciones relacionadas con las actividades llevadas a cabo por AGEPE y que pueden comprometer el desarrollo de la entidad.
Art. 5 – Junta Directiva
Los componentes de la Junta Directiva de AGEPE se comprometen con mantener un comportamiento ejemplar basado en imparcialidad, integridad, lealtad y sentido de responsabilidad tanto hacia los usuarios como hacia la misma asociación.
Art. 6 – Representantes externos
Las personas que representen AGEPE en entidades y organismos externos serán elegidas según criterios de competencia e independencia, siempre bajo la supervisión de la Junta Directiva.
Los representantes externos se comprometen con:
- Desarrollar las actividades para las cuales son contratdos en el pleno respeto del código ético, el reglamento interno y los objetivos de AGEPE;
- Informar continuamente sobre las actividades que llevan a cabo por cuenta de AGEPE;
- Dimitir siempre que el desarrollo de sus actividades sea incompatible con el desempeño de su actividad profesional y/o por motivos personales.
Art. 7 – Trabajadores y colaboradores
La asociación AGEPE cuenta con un banco de voluntarios, becarios y colaboradores gracias a las diferentes alianzas con centros de FP y universidades españolas y europeas. Estos colaboradores y becarios desarrollan principalmente funciones de promoción y comunicación. Todos se comprometen con:
- Mantener un comportamiento ejemplar y en línea con las políticas asociativas y siguiendo la normativa aplicable;
- Respetar el código ético de AGEPE, firmando un contrato de confidencialidad al momento de asumir el cargo y mantener una conducta basada en los principios de lealtad, imparcialidad, transparencia, integridad y honestidad.
- Escuchar las exigencias y sugerencias de los usuarios con el fin de satisfacer sus peticiones;
- No conceder privilegios a ningún usuario/a si esto puede perjudicar otros.
- Tratar los datos personales de los usuarios y la información confidencial de AGEPE con extrema cautela;
- No utilizar su posición como miembro colaborador de AGEPE para obtener beneficios personales externos a la colaboración misma;
- Evitar cualquier situación que pueda suponer un conflicto de intereses con la actividad que desarrolla en AGEPE;
- No desarrollar otras actividades al mismo tiempo que esta si pueden contrastar con los deberes y/o que puedan incidir en la calidad de las tareas desempeñadas, y eventualmente comunicar a la Junta Directiva con suficiente antelación el comienzo de nuevas actividades para valorar su continuación en AGEPE;
- Desarrollar las tareas encargadas respetando el entorno de trabajo y haciendo un uso correcto de los bienes materiales y los recursos que AGEPE les ofrece.
Art. 8 – Obligaciones de los usuarios
Todos los usuarios se comprometen con tener un comportamiento ejemplar en el desempeño de sus actividades, tanto a nivel personal como en nombre de AGEPE, basado en los valores éticos e ideológicos contenidos en el presente documento, siempre conscientes de que toda actividad que desarrollan sin seguir estos principios y valores puede suponer no solo la exclusión de AGEPE sino también dañar la imagen del perfil del Técnico de Proyectos Europeos.
Los usuarios se comprometen en especial con:
- a) Como profesionales:
- Aplicar de forma adecuada las reglas, los contratos y la documentación adecuada en el desarrollo de sus actividades profesionales;
- Mantener un comportamiento ecuo y correcto hacia los clientes, colaboradores, proveedores y eventuales trabajadores a cargo.
- b) Como usuarios:
- Participar en las actividades de la asociación;
- No utilizar las informaciones reservadas a los clientes de AGEPE para otros fines que no sean los estrictamente previstos por la asociación;
- Contribuir al desarrollo de la entidad AGEPE manteniendo siempre integridad, autonomía y sentido de responsabilidad, lejos de presiones exteriores, teniendo como objetivo primario siempre garantizar los intereses de AGEPE;
- Crear y mantener una relación leal y colaborativa, excluyendo la posibilidad de que haya relaciones con otras entidad que puedan crear conflictos de intereses;
- Respetar las directivas de la Junta Directiva y aportar ideas y sugerencias así como criticas constructivas siempre en las sedes y con los medios oportunos;
- Informar con tiempo suficiente AGEPE de eventuales situaciones que puedan modificar su relación con la entidad y los demás usuarios.
Art. 9 – Principios generales para la definición de la remuneración profesional para los usuarios que desempeñen actividades profesionales en nombre de AGEPE
Todo usuario que desempeñe actividades de técnico de proyectos europeos en nombre de AGEPE recibirá una remuneración de acuerdo con el tipo de colaboración que el usuario desempeñará y los acuerdos económicos alcanzados por AGEPE con el cliente. De este modo se garantiza valorizar el perfil del Técnico de Proyectos Europeos y no desvirtuarlo.
Los servicios ofrecidos deben ser prestados por profesionales usuarios de AGEPE, siempre después de haber alcanzado un acuerdo que pueda satisfacer todas las partes y con una clara explicación de los servicios ofrecidos y la remuneración acordada, los resultados esperados y la calidad garantizada. Esta propuesta de colaboración deberá contener, pues, indicación clara del acuerdo que se va a establecer y el tipo de encargo encomendado así como los detalles del cliente y los resultados esperados. El acuerdo deberá contener, además, el tiempo expresado en jornadas de trabajo dedicadas al tipo de encargo. Las partes pueden acordar, además de una remuneración económica diaria, una compensación adicional cuantificada y proporcional al tipo de servicios ofrecidos, calidad de los resultados, tiempos de entrega y otros factores que puedan garantizar aportar elementos innovadores y de calidad al servicio prestado. El pago de esta compensación adicional debería realizarse una vez que el proyecto, servicio y/o actividad prestada reciba financiación (proyecto aprobado y subvencionado).
Cada vez que AGEPE contacte con usuarios para pedirle servicios de formación, consultoría o redacción de proyectos europeos, estos deberán facilitar una descripción del tpo de actividades y servicios que pueden desempeñar además de jornadas de trabajo que necesitan y remuneración. En el caso de que no lo haya hecho anteriormente, deberá enviar a AGEPE, además, una breve descripción de experiencias anteriores relacionadas con el tipo de servicios para el cual se contacta con el/ella. Todos los usuarios responden personalmente de la veracidad de esta información, tanto frente a AGEPE como frente al cliente final. AGEPE vigilará esta información para garantizar profesionalidad y calidad frente a sus clientes, además de realizar actividades de evaluación periódicas para actualizar información sobre la experiencia profesional de cada usuario.
Las eventuales declaraciones falsas o incorrectas pueden suponer la exclusión de AGEPE que se reserva, además, el derecho a emprender acciones legales en aquellos casos en los que el cliente quiera demandar AGEPE.
AGEPE considera oportuno pedir al menos tres presupuestos a tres técnicos de proyectos europeos diferentes antes de elegir el/la que desempeñará el encargo/servicio.
Art. 10 – Organismo de control
La Junta Directiva de AGEPE será la encargada de velar por el respeto de los principios y valores del presente código ético por parte de los usuarios. En concreto, la Junta Directiva deberá:
- Difundir el presente código ético y de comportamiento entre sus usuarios, informándoles desde su registro de que deberán aceptar este código, sus principios y valores;
- Hacer un seguimiento de la efectiva aplicación del presente código ético por parte de los usuarios a través de controles online y contacto con clientes;
- recibir señalaciones (incluidas las anónimas) sobre violaciones del código ético y actuar solo después de una atenta analisis de la situación además de haber escuchado las partes interesadas;
- Realizar búsquedas, expresar opiniones, moderar contenidos y aplicar sanciones donde necesario;
En el caso de que la Junta Directiva certifique la violación del código ético de AGEPE, esta podrá aplicar las siguiente sanciones:
- Amonestación por escrito;
- Expulsión de AGEPE
Art. 11 – Disposiciones finales
Todos los usuarios, al momento de su petición de inscripción, deberán aceptar este código ético además del reglamento interno, comprometiéndose con observar los principios y las reglas contenidas.
CUOTA ANUAL
La cuota de inscripción es de 40€. Los usuarios Senior deberán pagar una cuota anual de 50€ mientras que los usuarios junior deberán abonar 30€ anuales. Las cuotas se deben abonar cada año antes del 31 de enero. Si no se abona la cuota antes de esta fecha, se perderán todos los derechos como usuarios. Si abonas la cuota antes del 28 de febrero, no perderás la condición de usuario pero deberás abonar una penalización del 20% (10€) además de la cuota anual.
CUOTA USUARIO SENIOR
Además de todos los servicios de información y asesoramiento, tendrás un escaparate exclusivo para ser contratado por nuestros clientes, serás contactado para impartir formación remunerada y recibirás un descuento del 20% en las actividades formativas que quieras realizar.
CUOTA USUARIO JUNIOR
Como usuario Junior tendrás acceso a información privilegiada y exclusiva (boletín informativo desde Europa, oportunidades de prácticas y empleo en Europa, nueva legislación, fechas límites, etc.) además de tener prioridad en participar a los cursos formativos de AGEPE.